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¿Qué sabes de la cédula de habitabilidad?

En esta nueva entrada vamos a resolver algunas cuestiones acerca de la cédula de habitabilidad, un documento que reconoce si un inmueble reúne las condiciones mínimas para su uso como vivienda. Aunque es importante apuntar que la cédula de habitabilidad en Madrid dejó de ser obligatoria en el año 2018.



Pero ¿qué es exactamente?

 

Es un documento administrativo que recoge determinada información acerca de un inmueble como puede ser el grado de ventilación, el estado de las instalaciones de suministros, la iluminación, los metros útiles o la altura. Aunque también es cierto que los requisitos pueden variar de una Comunidad Autónoma a otra.

Actualmente sigue siendo obligatoria en algunas comunidades como Cataluña, Cantabria, Navarra, Murcia, La Rioja, Extremadura, Baleares, Canarias o Comunidad Valenciana, eso sí, cada una, con sus particularidades.

 

Tipos de cédulas de habitabilidad

 

Podemos diferenciar tres tipos de cédula de habitabilidad:

 

La de primera ocupación, que es entregada por el ayuntamiento correspondiente.

La de primera ocupación por rehabilitación, imprescindible si se han hecho reformas importantes.

La de segunda ocupación, de la que podemos decir que es como una renovación, puesto que el inmueble ya ha tenido una ocupación previa. Hay que tener en cuenta que las cédulas de habitabilidad también caducan, deben renovarse, por norma general, cada 15 años.

 

 

Por qué en Madrid no es necesaria

 

Más bien se ha sustituido por otros requisitos con los que se certifica y se garantiza que el inmueble es apto para ser habitado por personas como la licencia de primera ocupación y funcionamiento.

 

Con esta licencia la autoridad competente puede verificar que la construcción se ha llevado a cabo tal cual aparece en el proyecto de obra, así como que se han cumplido las normas urbanísticas existentes o que el inmueble cumple con las condiciones indispensables para su uso como residencial.

 

La licencia de primera ocupación y funcionamiento es necesaria en nuevas edificaciones o en aquellas más antiguas a las que se les haya realizado una reestructuración integral o de cierta importancia; también si se aumenta el número de viviendas de un edificio, si se modifica el uso de la edificación o si se realiza una reforma en un local comercial para convertirlo en vivienda.

 

Una diferencia importante con la cédula de habitabilidad es que solo se expide una vez, no necesita de su renovación cada 10 o 15 años.

 

Otros imprescindibles

 

Otras obligaciones son la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de la Evaluación del Edificio (IEE).

La ITE es obligatoria para edificios con más de 30 años y el IEE para aquellas viviendas colectivas con más de 50 años de antigüedad.

 

Ahora ya conoces algo más acerca de la cédula de habitabilidad y de lo que en Madrid la sustituye con el fin de garantizar en todo momento que las viviendas son un lugar seguro y adaptado para ser habitado por personas.

 

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