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3 de cada 10 seguros contratados el año pasado incluían un seguro de impago del alquiler

Como nos informan desde Fotocasa: Los seguros de impago del alquiler permiten a los propietarios que alquilan una garantía adicional.

La pandemia llegó hace ya dos años y, como un tsunami, cambió la forma de relacionarse, de trabajar e incluso, de vivir. Pero como de los errores se aprende, ahora existe un amplio abanico de mecanismos que pueden cubrirse las espaldas a la hora de afrontar un imprevisto, porque el covid-19 ha cambiado mucho los planes y, en ocasiones, no se contaba con un colchón de seguridad que compensara las pérdidas económicas derivadas de estos cambios. Pero, precisamente, esa es la función de los seguros y a raíz de esta nueva normalidad, se ha aprendido a ponerla en valor.

En ese sentido, a raíz de la crisis generada por el coronavirus, muchas personas han visto disminuido su poder adquisitivo, bien por la pérdida total o parcial de sus trabajos, o bien por la escalada de precios que vivimos en la actualidad. Y esto se ha traducido en un aumento espectacular del impago del alquiler, que se ha incrementado un 70% desde el comienzo de la pandemia, según la última actualización del Fichero de Inquilinos Morosos.

Por suerte, el sector de los seguros ha sabido ir adaptándose a las nuevas necesidades y demandas de la sociedad y han ido surgiendo productos para resolver problemáticas que se han visto acentuadas a raíz de la pandemia, como puede ser el seguro de impago de alquiler.

¿Qué es un seguro de impago de alquiler?

El seguro de impago de alquiler es la solución para aquellos usuarios que, llegado el momento de alquilar su vivienda, quieran garantizarse el cobro de las mensualidades, así como evitar los posibles daños o problemas causados por los inquilinos. 

El seguro de impago de alquiler en España y sus coberturas

El seguro de impago de alquiler ha experimentado en los últimos años un crecimiento exponencial. Sin embargo, con la llegada de la pandemia su contratación se disparó y, según el Observatorio Español del Seguro de Alquiler, el 34% de los contratos firmados el pasado año incorporaron la contratación de este seguro.

Por otro lado, es destacable la utilidad del seguro de impago para poder seleccionar de forma correcta a los inquilinos, ya que la contratación implica la realización de un estudio de viabilidad que compruebe la solvencia del candidato. El seguro también suele incluir coberturas sobre actos vandálicos tanto al continente como al contenido si el inquilino causa destrozos, asistencia jurídica y un servicio de cerrajería en caso de desahucio. 

¿Y quién paga el seguro de alquiler? ¿Cuál es su precio?

Este seguro protege al tomador frente al impago del alquiler por parte de sus inquilinos, dando la posibilidad de cobrar las mensualidades atrasadas y cubriendo otros gastos. Este tipo de seguro es contratado normalmente por los propietarios, sin embargo, ambas partes se benefician de él ya que el inquilino también queda protegido ante una posible pérdida de poder adquisitivo, cubriendo el pago de sus rentas.

El precio de este producto se calcula como un porcentaje del importe del alquiler que paga el inquilino, y depende tanto del número de mensualidades que protege el seguro como del resto de coberturas incluidas en el seguro.

Por otro lado, es destacable la utilidad del seguro de impago para poder seleccionar de forma correcta a los inquilinos, ya que la contratación implica la realización de un estudio de viabilidad que compruebe la solvencia del candidato. El seguro también suele incluir coberturas sobre actos vandálicos tanto al continente como al contenido si el inquilino causa destrozos, asistencia jurídica y un servicio de cerrajería en caso de desahucio. 

¿Y quién paga el seguro de alquiler? ¿Cuál es su precio?

Este seguro protege al tomador frente al impago del alquiler por parte de sus inquilinos, dando la posibilidad de cobrar las mensualidades atrasadas y cubriendo otros gastos. Este tipo de seguro es contratado normalmente por los propietarios, sin embargo, ambas partes se benefician de él ya que el inquilino también queda protegido ante una posible pérdida de poder adquisitivo, cubriendo el pago de sus rentas.

El precio de este producto se calcula como un porcentaje del importe del alquiler que paga el inquilino, y depende tanto del número de mensualidades que protege el seguro como del resto de coberturas incluidas en el seguro. 

¿Cuáles son los requisitos para contratar un seguro de impago?

Aunque cada aseguradora puede aplicar sus propios requisitos, los más comunes son una duración mínima del contrato de alquiler y una renta mensual máxima que te puede llegar a cubrir el seguro. Además, el tomador del seguro tendrá que presentar todos los documentos necesarios para que su entidad le haga un estudio de solvencia.

Por otro lado, el inquilino no podrá encontrarse en un fichero de morosos, debe contar con un contrato laboral de más de un año de duración y el importe del alquiler no podrá superar un porcentaje determinado de sus ingresos. 

Propietarios e inquilinos, ¿qué necesitan saber?

Para el inquilino, este tipo de producto suele permitirle acceder al alquiler de una vivienda sin el gran desembolso previo que supone la fianza o el depósito. Para los propietarios, significa su protección frente a posibles impagos y destrozos en su vivienda, garantizando la solvencia económica del inquilino.

Además de las coberturas, hay determinados términos y cuestiones que se deben conocer antes de la contratación de este seguro, como por ejemplo si existe o no un periodo de carencia. En esta línea, habrá que tener en cuenta los límites cubiertos de cada cobertura o el número de meses que se puede cobrar el seguro.

¿Qué incluye un seguro de impago de alquiler? 

El seguro de impago Fotocasa Seguros diseñado por Lovys protege al tomador frente al posible impago de la renta del alquiler por parte del inquilino. De esta forma, se refuerza la relación propietario-inquilino al garantizar el pago de las mensualidades atrasadas hasta 12 meses.

Además, se ofrece protección jurídica y asistencia legal en caso de que sea necesario comenzar un proceso de desahucio, así como servicio de cerrajería y una cobertura extra de protección en los bienes muebles en caso de que hubiera daños por parte de los inquilinos.

El mecanismo para contratar esta nueva modalidad de seguro es muy sencillo con un presupuesto 100% online. Una vez que el propietario ha presentado los datos del futuro inquilino y este es aceptado (previo consentimiento por su parte de la revisión de dicha documentación cumpliendo con el Reglamento General de Protección de Datos) se realiza un oportuno estudio de solvencia y, si es aprobado, se suscribe el seguro de impago de alquiler. 

El seguro de impago se ha convertido, por tanto, en el gran aliado tanto del arrendador como del arrendatario en estos tiempos de incertidumbre económica, disparando su contratación en los últimos dos años al evitar la morosidad en el alquiler y al proporcionar la seguridad de contar con ayuda profesional en caso de conflicto entre ambas partes. 

 

Mas info: https://www.fotocasa.es/fotocasa-life/seguridad/3-de-cada-10-seguros-contratados-el-ano-pasado-incluian-un-seguro-de-impago-del-alquiler/